Descalificación de Vivienda Protegida

La descalificación voluntaria de una vivienda protegida es el procedimiento por el cual una vivienda calificada originalmente como Vivienda en Régimen de Protección Oficial, antes de terminar el plazo de duración del régimen legal de protección, pasa a ser definitivamente una vivienda de venta y renta libre, sin sujeción a las limitaciones y prohibiciones derivadas de su anterior calificación.

Tal y como indica el Decreto 149/2006, las viviendas protegidas podrán ser descalificadas teniendo en cuenta los siguientes criterios:

  • Que hayan transcurrido 10 años desde la calificación definitiva o el plazo fijado en el programa al que esté acogida la vivienda, si fuese inferior.
  • Que la vivienda haya constituido la residencia habitual y permanente de su titular durante, al menos, los 5 años anteriores a la solicitud de descalificación.
  • Que la procedencia de los suelos en los que la vivienda está ubicada no impida la descalificación.
  • Que no se deriven perjuicios a terceros con la descalificación.

En caso de cumplimiento de los requisitos, la descalificación quedará condicionada a la devolución de las ayudas directas o indirectas que se hayan podido conceder incrementadas con sus intereses legales, y la autoliquidación de los beneficios fiscales correspondientes.

Si desea convertir su vivienda protegida en vivienda libre, en ASEMCOR realizaremos los trámites necesarios para obtener la descalificación ante la Delegación Provincial de la Consejería de Fomento y Vivienda de la Junta de Andalucía.